No cerrarán delfinarios activos hasta que mamíferos marinos fallezcan por muerte natural

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Cancún, 27 de junio de 2025.- La reforma a la Ley de Vida Silvestre aprobada por el Congreso de la Unión establece que los propietarios de mamíferos marinos con permiso vigente podrán seguir utilizados hasta su muerte de forma natural.

Pese a que la reciente reforma aprobada por el Senado al artículo 60 bis de la Ley General de Vida Silvestre prohíbe los espectáculos y actividades recreativas con mamíferos marinos en cautiverio, los delfinarios actualmente en operación no cerrarán.

Lo anterior se debe a que esta reforma no prohibirá la operación de centros con mamíferos marinos ya existentes que cuentan con permisos, señaló la Asociación Mexicana de Hábitats para la Interacción y Protección de Mamíferos Marinos (Amhmar).

De hecho, el decreto de la reforma contempla en su artículo Tercero transitorio que los mamíferos marinos en instalaciones ya activas con permiso; es decir, incluidos en sus registros como: Unidad de Manejo para la Conservación de la Vida Silvestre (UMA) o Predios o Instalaciones que Manejan Vida Silvestre (PIMVS), “podrán seguir utilizándose hasta su muerte en términos de los planes de manejo vigentes al momento de la entrada en vigor”.

No obstante, los propietarios y poseedores de mamíferos marinos en cautiverio, como los delfinarios actualmente en operación, tendrán que realizar el registro de su inventario ante la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) en un plazo máximo de 90 días naturales, contados a partir de la entrada en vigor del decreto.

El incumplimiento del registro del inventario será considerado causa de revocación de los registros como UMA o PIMVS.

Para el caso de los mamíferos marinos que seguirán en cautiverio y en uso de espectáculos o recreativo, se indica que los planes de manejo que se actualicen o modifiquen no deberán incluir a ejemplares de mamíferos marinos no considerados en el inventario referido y tampoco a las crías de los mismos.

Para eso, la Semarnat emitirá los lineamientos para establecer el límite de edad para que un mamífero marino sea considerado aún una cría.

Otra condición que puso la reforma a los delfinarios activos es que garanticen su tenencia “conforme a los principios y medidas de trato digno y respetuoso hasta la muerte de los mismos”.

Para tal fin, establece que la Profepa realizará las inspecciones respectivas, con la finalidad de corroborar el número de mamíferos marinos que reportó cada propietario y que cada uno de estos cuente con una autorización vigente.

Asimismo, se deberá verificar que cada mamífero marino se encuentra bajo condiciones óptimas de acuerdo con la NOM135-SEMARNAT-2004 Para la regulación de la captura para investigación, transporte, exhibición, manejo y manutención de mamíferos marinos en cautiverio.

Cabe mencionar que la reforma también prohíbe realizar la reproducción de ejemplares de mamíferos marinos bajo manejo intensivo con otros fines que no sean la reintroducción, la repoblación o la translocación.

Agencias

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